Planificaci贸nde la gesti贸n del riesgo de inundaci贸n en las Cuencas Intracomunitarias de Andaluc铆a. El Plan de Gesti贸n del Riesgo de Inundaci贸n (PGRI) es un instrumento de planificaci贸n del riesgo de inundaciones que deriva de la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, m谩s conocida con el nombre de Directiva de Mapasde Peligrosidad y Riesgo de inundaci贸n de la cuenca Guadalete-Barbate (2潞 ciclo) 1 INTRODUCCI脫N 1.1. ANTECEDENTES Y OBJETO El 23 de octubre de 2007, el Parlamento Europeo aprob贸 la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluaci贸n y gesti贸n de los riesgos de inundaci贸n, Lainvestigaci贸n e innovaci贸n en relaci贸n con la gesti贸n de los riesgos de inundaci贸n corresponde a los diversos centros de investigaci贸n, universidades, instituciones, empresas p煤blicas y privadas, etc., dedicados a la I+D+i, de forma individual o en colaboraci贸n formando consorcios o redes entre las distintas entidades. Dentrodel proceso de implantaci贸n de la Directiva 2007/60 de evaluaci贸n y gesti贸n de los riesgos de inundaci贸n, el primer hito realizado en el a帽o 2011 fue la selecci贸n, dentro de cada Demarcaci贸n Hidrogr谩fica, de las zonas con mayor riesgo de inundaci贸n, conocidas como 脕reas de riesgo potencial significativo de inundaci贸n (ARPSIs) e identificadas LosMapas de Peligrosidad por Inundaciones y los Mapas de Riesgo de Acuerdode la Comisi贸n Auton贸mica de Evaluaci贸n Ambiental de 4 de marzo de 2020 por el que se formula el DOCUMENTO DE ALCANCE de la Evaluaci贸n Ambiental Estrat茅gica Conjunta del PLAN HIDROL脫GICO INSULAR 3潞 CICLO y del PLAN DE GESTI脫N DEL RIESGO DE INUNDACI脫N 2潞 CICLO, ambos en la Demarcaci贸n 2- La segunda fase pasa por la elaboraci贸n de los mapas de peligrosidad y riesgo de inundaciones, en los que se deben mostrar las consecuencias adversas potenciales de las inundaciones en las distintas ARPSIs para tres escenarios de probabilidad: alta, media y baja, asociados a periodos de retorno de 10, 100 y 500 a帽os, Culminadasu elaboraci贸n, en cumplimiento del procedimiento previsto en el art铆culo 10.2. del citado Real Decreto, en el que se establece que los Mapas de Peligrosidad y de Riesgo de Inundaci贸n se someter谩n a consulta p煤blica durante un plazo m铆nimo de tres meses, y en virtud de la competencia atribuida por las letras a) y MAPRI- Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundaci贸n (Segundo Ciclo) De acuerdo con el art铆culo 7.2 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la informaci贸n, de participaci贸n p煤blica y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y conforme a lo previsto en los art铆culos 10.2 y 21.2 del EnAndaluc铆a, cualquier persona puede acceder a informaci贸n sobre medio ambiente.Este derecho se garantiza mediante la Ley 27/2006, de 18 de julio. Se puede acceder a la informaci贸n ambiental de dos formas:. Activamente, mediante la b煤squeda directa de cierta informaci贸n. Para ello se ofrece ayuda y soporte a trav茅s del servicio cGZd2t.